lunes, diciembre 22, 2008

IMPACTO SOCIAL DE LOS IMPUESTOS SOBRE AVALUOS y VALORIZACIÓN EN EL AÑO 2009

En meses previos hubo expresiones como "se busca la simplificación y la racionalización del sistema tributario del Distrito Capital" o "el objetivo no es crear nuevos impuestos, sino rediseñarlos".  Incluso, en la introducción del Acuerdo se señala expresamente que "se adoptan medidas de optimización tributaria" en diferentes impuestos.


Sin embargo, lo aprobado por el Concejo no es más que una verdadera Reforma Tributaria, que tendrá un impacto especial en los impuestos inmobiliarios, porque incrementó la base gravable y la tarifa del impuesto de delineación urbana e implementó un nuevo hecho generador (obra pública) para el gravamen de plusvalía en Bogotá.


Se trata de una normatividad fiscal que, además, viene acompañada de una actualización catastral, sin perder de vista los cobros de contribución de valorización que ha venido realizando el Distrito.


Según el Acuerdo 180 del 2005, expedido por el Concejo a iniciativa de la Administración del Alcalde Garzón, todavía faltan tres etapas más en las que se va a cobrar contribución de valorización: en los años 2009, 2012 y 2015.


Ahora bien, ¿cuál es el verdadero alcance de las recientes modificaciones en relación con los gravámenes a la propiedad raíz?


En el impuesto de delineación urbana se incrementó la base gravable al valor ejecutado de la respectiva obra y se subió la tarifa a 3 por ciento.


En la contribución de plusvalía se incluyó un nuevo hecho generador:
"Cuando se ejecuten obras públicas consideradas de 'macroproyectos de infraestructura' previstas en el Plan de Ordenamiento Territorial y/o en los instrumentos que lo desarrollen, y no se haya utilizado para su financiación la contribución de valorización".


En otras palabras, y por ejemplo, con la plusvalía, se podría financiar una parte de un sistema de transporte masivo como el Metro.


A pesar de que en el impuesto predial se creó un sistema interesante de descuentos para los afectados con la actualización catastral, en todo caso es evidente que un buen número de propietarios de bienes inmuebles tendrán un incremento importante de su impuesto predial el año entrante.


El avalúo catastral, que es por regla general la base gravable del impuesto predial, tendrá -además- una repercusión en otros impuestos que toman dicho avalúo como referencia.

Por ejemplo, en las transacciones que involucran inmuebles se puede presentar una incidencia en la determinación del impuesto de registro (beneficencia), los derechos de registro, los derechos notariales etc., y para algunos contribuyentes del impuesto de renta se puede presentar un efecto futuro en el cálculo de su renta presuntiva.


Finalmente, se comenta que se presentará a comienzos del año entrante otro proyecto de reforma tributaria distrital por lo que, sin lugar a dudas, deberemos estar muy pendientes de las nuevas medidas de 'optimización' que se pretendan adoptar.

 

(Tomado de:  Álvaro Camacho - Abogado Tributarista / www.eltiempo.com ).