sábado, mayo 22, 2010

AVALUOS24HORAS ahora en TWITTER

Hola amigos.....

Como una manera de estar al día con lo que ocurre en el mundillo de los avaluos, y de ayudar co respuestas a las preguntas que eldiario vivir nos impone, también AVALUOS24HORAS quiere estar al aire diario a traves de un medio tan ágil como TWITTER.

Los invitamos todos los días a consultar nuestros TWITTER diarios, que siempre tendrán mucho que ver con las ocurrencias diarias del vivir colombiano.

Espero verlos por allí, ya sea leyéndonos, ya sea consultándonos.

Cordialmente,

Ing. VALENTIN CASTELLANOS

jueves, mayo 20, 2010

AVALUOS COMERCIALES ESPECIALES

Centro Comercial Hayuelos


Centro Comercial Santa Fé


El Decreto 1420 de 1998 reglamentó la Ley 9a. de 1989, la Ley 2150 de 1995, la Ley 388 de 1997 y la Ley 151 de 1998, en lo que hace referencia al tema de los avalúos especiales.


En su Artículo 1o. señala los procedimientos para la determinación del avalúo comercial de los bienes inmuebles, para los siguientes casos de avaluos:


  • Avalúo para adquisición de inmuebles por enajenación forzosa
  • Avalúo para adquisición de inmuebles por enajenación voluntaria
  • Avalúo para adquisición de inmuebles a través de proceso de expropiación por vía judicial
  • Avalúo para adquisición de inmuebles a través de proceso de expropiación por vía Administrativa
  • Avalúo para la determinación del Efecto Plusvalía
  • Avalúo para la determinación del Monto de la Compensación en Tratamientos de Conservación
  • Avalúo para el pago de la Participación en Plusvalía por transferencia de una porción del predio.
  • Avalúo para la determinación de la Compensación por Afectación por Obra Pública en los términos señalados en el Artículo 37 la Ley 9a. de 1989.


Se debe entender como AVALUO COMERCIAL de un inmueble, el precio más probable por el cual este se transaría en un mercado donde el comprador y el vendedor actuarían libremente, con el conocimiento de las condiciones físicas y jurídicas que afectan el bien.


¿Quiénes deben determinar el AVALUO COMERCIAL ESPECIAL ?


La determinación del valor comercial de los inmuebles la harán, a través de un avalúo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la entidad que haga sus veces o las personas naturales o jurídicas de carácter privado registradas y autorizadas por las lonjas de propiedad raíz del lugar donde se ubiquen los bienes objeto de la valoración.


Las personas naturales o jurídicas de carácter privado que realicen avalúos en desarrollo del presente decreto, deberán estar registradas y autorizadas por una lonja de propiedad raíz domiciliada en el municipio o distrito donde se encuentre el bien objeto de la valoración.


Se entiende por lonja de propiedad raíz las asociaciones o colegios que agrupan a profesionales en finca raíz, peritazgo y avalúo de inmuebles.


¿Qué parámetros y criterios deben cumplir los AVALUOS COMERCIALES ESPECIALES ?


El Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la entidad que cumpla sus funciones y las personas naturales o jurídicas registradas y autorizadas por las lonjas en sus informes de avalúo, especificarán el Método utilizado y el Valor del Avalúo Comercial definido independizando el valor del suelo, el de las edificaciones y las mejoras si fuere el caso, y las consideraciones que llevaron a tal AVALÚO.


¿Qué métodos se deben aplicar para la determinación de los AVALUOS COMERCIALES ESPECIALES ?


Para la elaboración de los avalúos que se requieran con fundamento en las Leyes 9a. de 1989 y 388 de 1997, se deberá aplicar uno de los siguientes métodos observando los parámetros y criterios mencionados anteriormente o, si el caso lo amerita varios de ellos: (1) El Método de Comparación o de Mercado; (2) El de Renta o Capitalización por ingresos; (3) El de Costo de Reposición; y (4) E de Técnica Residual. La determinación de las normas metodológicas para la utilización de ellos, son materia de la Resolución 20 de 2008 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.


Preparado por Ing. VALENTIN CASTELLANOS R.

Teléfonos: 6797484 - 310 343 19 12

Bogotá, COLOMBIA