miércoles, mayo 26, 2021

AVALÚO de MEJORAS, POSESIÓN, PERTENENCIA

La posesión material de un PREDIO, con sus MEJORAS, puede ser objeto de compraventa, aunque el vendedor no tenga la titularidad del dominio del PREDIO que vende. 
La posesión es un derecho que una persona ejerce sobre un predio respecto al cual actúa con ánimo de señor y dueño, es decir, como si fuera el verdadero propietario. La POSESIÓN, por tanto se asimila a una PERTENENCIA (desde el punto de vista LEGAL), de ahí el nombre de la DEMANDA de PERTENENCIA

La POSESIÓN y/o PERTENENCIA, es lo que ocurre en los barrios de invasión, o cuando se ocupa una finca abandonada, donde el poseedor (invasor) implanta MEJORAS, tales como construir (cerramientos, una casa, cultivar, conectar servicios, etc.). 

Quien tenga la posesión, puede venderla, y quien implante las MEJORAS, puede cobrarlas. y puede hacerlo mediante un documento de venta que en ocasiones llaman carta venta, o simplemente una compraventa, donde conste el lugar de posesión (dirección, matrícula, barrio, etc.), área posesionada, y las MEJORAS IMPLANTADAS (avalúo de MEJORAS). 

Finalmente recordemos, que la posesión y las MEJORAS (descripción, localización, área, y avalúo de mejoras), son el medio básico para obtener la propiedad del dominio mediante prescripción adquisitiva (DEMANDA DE PERTENENCIA y/o USUCAPIÓN), en la que la sentencia emitida por el juez, en caso de ser favorable al poseedor, se convierte en escritura pública de propiedad.