miércoles, diciembre 31, 2014

INCREMENTOS DE LOS AVALUOS CATASTRALES PARA EL 2015

Con base en la meta de inflación del Banco de la República y previo concepto del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), el Gobierno decretó el reajuste de los AVALÚOS CATASTRALES para el próximo año.

De acuerdo con el artículo 8° de la Ley 44 de 1990, modificado por el artículo 6° de la Ley 242 de 1995, se establece que el valor de los avalúos catastrales se reajustará anualmente a partir del 1 ° de enero de cada año, en un porcentaje determinado por el Gobierno Nacional.  

El Conpes conceptuó que los avalúos catastrales para los predios urbanos y rurales no formados y formados con vigencia de 2014 y anteriores, tendrán un incremento de tres punto cero por ciento (3,0%) para el año 2015, equivalente al cien por ciento (100%) de la meta de inflación para la vigencia de 2015.

Lo anterior con base en que la Junta Directiva del Banco de la República fijó la meta de inflación proyectada para el año 2015, en tres punto cero por ciento (3,0%), la misma del año pasado.

En el caso de los predios no formados el porcentaje de incremento de los AVALÚOS CATASTRALES podrá ser hasta el ciento treinta por ciento (130%) del incremento de la mencionada meta.

De acuerdo con el Decreto 2718 del 26 de diciembre de 2014, los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2014 no serán objeto de reajuste en el AVALÚO CATASTRAL 2015..

Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 1o. de enero de 2015, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado.

Tomado de dinero.com