En
Colombia es necesario el avalúo
de la propiedad para ofrecerla como garantía bancaria o cuando el Gobierno va a
trazar una carretera y va a expropiar, entre otros. Por eso se lanzó el
Registro Abierto de Avaluadores.
¿Qué es y por qué se necesita?
En abril del año
pasado se hizo público un caso que, tal y como estaba escrito, se convertiría
en el escandaloso antecedente que podría frenar la construcción de carreteras
en Colombia. Por estos días se conoció la minucia de una investigación en la
que un predio que valía $2.100 millones aparecía avaluado, al parecer por peritos sobornados, en
$15.000 millones. El problema es que sobre ese predio se había construido ya el
proyecto Malla Vial Valle del Cauca y la familia que había sido expropiada
reclamaba, juntando intereses, unos $34.000 millones.
Dos meses
después, el entonces fiscal general encargado, Jorge Perdomo, anunció la
captura tanto de la jueza como de quien sería el directo beneficiario del pago
que debía hacer el Gobierno colombiano. “La Fiscalía, después de una
investigación juiciosa, encontró que la jueza decretó la expropiación del bien,
amparada en un avalúo
comercial muy superior, ostensiblemente superior al precio real, comercial,
lo que significaría un detrimento patrimonial para el Estado en cabeza del Inco
por unos $40.000 millones”.
Por eso, para
evitar que más casos como este vuelvan a tener lugar en los estrados nacionales
y, que más aún, pongan en riesgo el capital de los colombianos, este miércoles
el Autorregulador Nacional de Avaluadores (ANA), después de un aval de la
Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), habilitó el Registro Abierto de Avaluadores
(RAA). Eso, en otras
palabras, quiere decir que quienes se encargan de los avalúos de todo tipo de
bienes en el país deben inscribirse en dicho registro y cumplir con ciertos
requisitos profesionales para poder ejercer, de lo contrario, su labor no será
legal y se expondrán a sanciones que superan los $1.000 millones.
“Con el registro
se podrá regular y establecer responsabilidades y competencias de los avaluadores en Colombia para
prevenir riesgos sociales de importancia como el correcto valor de las
garantías bancarias, los valores de compensación en los procesos de
expropiación, el valor de los activos de las empresas y el valor de los activos
sujetos a partición, entre otros casos”, cuenta Alexandra Suárez, directora
Ejecutiva de ANA. “El avaluador
inscrito ante el Registro
Abierto de Avaluadores podrá ejercer su actividad en todo el territorio
nacional y su inscripción podrá ser validada directamente en la página web del
RAA o verificación del código QR en cualquier teléfono inteligente”, agrega la
organización.
Ramón Madriñán,
asesor legal de ANA, asegura que las personas que se registren deberán
demostrar “su idoneidad como avaluadores.
El sistema emite el certificado y de acuerdo con las normas las entidades
públicas deberán empezar a requerir ese certificado y las personas privadas que
ejercen tienen hasta mayo de 2018 para registrarse. La ley determina 13
categorías, cinco de ellas para bienes de tipo bienes inmuebles, cinco para
bienes muebles y tres para intangibles. Ya con eso las personas van a saber con
quiénes se están metiendo para hacer sus avalúos”.
Pero, ¿ cómo funcionaban antes los AVALÚOS ?
Había una lista
en la Superintendencia de Industria y Comercio, y la ley decía que este ente
regulador debía poner los requisitos y las sanciones, pero la Corte
Constitucional aseveró que esa decisión era inconstitucional. Entonces, durante
años, cualquier persona se podía inscribir porque no tenía que cumplir ningún
requisito, pero tampoco tenía sanción. “Era como decirle al mercado que
cualquier persona era idónea para hacer avalúos”.
Pero en 2013
apareció la Ley 1673, que establece cuáles son los requisitos y eso es
inscribirse ante un autorregular y éste será quien lo pueda sancionar
disciplinariamente si violan el código de ética. Lo que ahora se va a saber es
quién es idóneo y quién no. “Así el mercado debe funcionar mejor. Y el avaluador que se encuentre
en violación del código de ética puede ser suspendido y se le podrá cancelar el
registro. De eso nos encargaremos nosotros”, apunta Madriñán. “Y a nosotros nos
vigila la SIC”.
Así la cosas,
quien ejerza después del 12 de mayo de 2018 y no esté inscrito estará
haciéndolo ilegalmente y la SIC les podrá imponer multas de hasta $1.200 millones.
María Clara Luque, presidenta de Fedelonjas, advierte que con esta nueva hoja
de ruta se logra la “profesionalización del sector inmobiliario. Esperamos
consolidar un gran grupo de personas que quieran inscribirse y demostrar la
calidad de sus estudios y experiencias para realizar los avalúos”.
Actualmente en
Colombia hay unos 11 mil avaluadores,
pero tan sólo 2 mil están ejerciendo constantemente. Así que aunque es
conservadora, es la más acertada, dicen en la ANA. De tal forma que con el
registro las universidades ya están ajustando sus pensum educativos y se
trabaja en el reto de formalizar el sector inmobiliario. “En Colombia se vio la
necesidad de reglamentar a los avaluadores
y se logró”, apuntó Federico Estrada, gerente de la Lonja de Medellín y
Antioquia.
Ahora el reto es
que esas personas que no son idóneas para ejercer el oficio de avaluadores salgan del
camino para que dejen de poner al Estado contra las cuerdas, como el caso del
Valle del Cauca, sino que cuando usted necesite pedir un crédito o simplemente
valorar sus bienes, esté en manos confiables, profesionales, y no en las de un
estafador.