Por otro lado, el ministro de Vivienda señaló que el próximo 25 de enero se entregarán 160 viviendas gratuitas en Bogotá.
BENEFICIOS:
A los hogares que tengan ingresos de hasta 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes podrá asignárseles un subsidio hasta por 25 salarios mínimos, y a los que tengan ingresos de más de 1,5 y hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, podrá asignárseles un subsidio hasta por 22 salarios mínimos.
Además recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda.
Los beneficios antes señalados deberán aplicarse en la adquisición de las viviendas que no superen los 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes, y que se ejecuten dentro de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.
Además recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda.
Los beneficios antes señalados deberán aplicarse en la adquisición de las viviendas que no superen los 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes, y que se ejecuten dentro de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.
SELECCIÓN DE FAMILIAS:
Los oferentes de los proyectos seleccionados presentarán el listado de hogares propuestos para ser beneficiarios de los subsidios a aplicar en las viviendas del proyecto.
Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. Fonvivienda podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.
Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.
En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.
Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. Fonvivienda podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.
Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.
En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.
REQUISITOS:
- Tener ingresos totales mensuales no superiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes en el hogar.
- No ser propietarios de vivienda.
- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés.
- Contar con un ahorro del 5% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente dos millones de pesos.
- Tener un crédito pre-aprobado por los recursos faltantes para acceder a la vivienda y que no hayan sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.
- No ser propietarios de vivienda.
- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés.
- Contar con un ahorro del 5% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente dos millones de pesos.
- Tener un crédito pre-aprobado por los recursos faltantes para acceder a la vivienda y que no hayan sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.