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domingo, enero 11, 2015

AVALÚOS 2015 bajo NORMAS NIIF

Las normas NIIF definen que en una valoración se utilizarán las técnicas de valoración que sean apropiadas a las circunstancias y sobre las cuales existan datos suficientes disponibles para medir el valor razonable, maximizando el uso de variables observables relevantes y minimizando el uso de variables no observables.

La NIIF 13 establece una jerarquía del valor razonable clasificadas en tres (3) niveles de información, que son las variables técnicas de valoración utilizadas para medir el Valor Razonable. La jerarquía del valor razonable concede la prioridad más alta a los precios cotizados (sin ajustar) en mercados activos para activos y pasivos idénticos (variables de Nivel 1) y la prioridad más baja a las variables no observables (variables de Nivel 3).

Es decir, que en el NIVEL 1 estarán los datos observables que reflejen los precios de cotización de los activos o pasivos idénticos en mercados activos; en el NIVEL 2 estarán los precios no cotizados pero que son observables directamente o a través de datos disponibles (mercado inmobiliario); y en el NIVEL 3 estarán los precios que no son observables sino establecidos por información y supuestos o presunciones propios del mercado.


De los niveles (3) presentados, uno o más enfoques de valuación pueden ser utilizados con el fin de llegar a la valuación definitiva que cimente la base adecuada del Valor Razonable.

Los tres (3) enfoques descritos y definidos en el marco conceptual de la IVS (International Valuation Standards) y apéndice A definiciones de términos NIIF 13, son los principales enfoques utilizados en la valuación (mercado, ingresos, costo). Todos ellos están basados en los principios económicos del precio de equilibrio, la anticipación de los beneficios o de sustitución.

Para el presente encargo de valuación en la medición del valor razonable se utilizó el enfoque de mercado variables de NIVEL 2, es decir VALORES DE MERCADO que no son precios cotizados pero son observables directamente a través de datos disponibles en el mercado, como son los estudios de precios del mercado para inmuebles con características similares tanto en ubicación como en área, el cual se define a continuación:

Método Comparativo de Mercado: Técnica valuatoria que consiste en determinar dicho valor, a partir de ofertas o transacciones recientes de bienes semejantes y comparables con el bien objeto de avalúo. No se emplearon variables de nivel 1 y 3, para determinar los valores razonables de la BODEGA, puesto que no se presentan precios cotizados sin ajustar (Nivel 1 mercado activo) para esta clase de inmuebles sino que fueron valorados a partir de variables observables en mercados no activos (nivel 2 enfoque de mercado).

martes, marzo 04, 2014

AVALÚO CATASTRAL y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL, una BOMBA

Uno de los principales ingresos municipales, el impuesto predial se ha convertido en fuente de conflicto entre la administración y los propietarios de los inmuebles, debido a los altos incrementos en el valor del predial unificado, a la ineficiencia de las administraciones locales y la poca credibilidad que genera el IGAC.
El impuesto predial es un impuesto directo que grava la propiedad inmueble, imposición de carácter general porque opera sobre todas las clases de propiedad raíz, acatando así el principio de igualdad como generalidad del tributo, es justo y equitativo, porque quien posea más predios o terrenos debe pagar más, además de otorgar un tratamiento favorable a la vivienda popular y a la pequeña propiedad rural que paga una tarifa mínima y es un impuesto progresivo que a mayor rango de avalúo debe corresponder una tarifa mayor.
Orígenes del impuesto predial
Primariamente en el mundo árabe, entre el año 735 y 798 el jurista ABU YUSUB escribió “ El libro de impuesto predial” en cual se hizo un minucioso análisis del impuesto en el mundo árabe y de aquí sería tomado por la legislación hispánica.
En Colombia, la ley 48 de 1887, ordenó a los Departamentos establecer y reglamentar rentas sobre los bienes inmuebles, con una tarifa máxima del 4 por 1000 anual para los departamentos y del 2 por mil anual para los municipios. Solo fue hasta 1953, mediante la Ley 29, cuando se estableció al municipio  como único titular del tributo.
Finalmente, la Ley 44 de 1990, fusionó en un solo impuesto,  el antiguo impuesto predial, parques y arborización, estratificación socioeconómica y sobretasa de levantamiento catastral, de aquí su nombre de impuesto predial unificado.
 La modernización del predial
La baja capacidad administrativa y la carencia de recursos para mantener actualizado el valor de la propiedad catastral, hicieron que el comportamiento de este recurso fue poco dinámico, problema que tubo solución dentro de la tendencia descentralista con la promulgación de la Ley 14 de 1983,  o Ley de fortalecimiento de los fiscos municipales, que modernizó el sistema tributario de los municipios, en especial el impuesto predial proponiendo la actualización de los avalúos catastrales cada cinco años e incrementando anualmente el valor catastral de los municipios en el índice de precios al consumidor.
 ¿Quién hace los avalúos?
La competencia para la actualización de los avalúos catastrales, la tienen las oficinas de catastro en los municipios que las tienen, tales Cali, Medellín, Antioquia y Bogotá, en los municipios que no poseen una dependencia catastral, esta función le fue asignada al Instituto Geográfico Agustín  Codazzi “IGAC” que son la mayoría de los Municipios Colombianos. Los municipios no tienen facultades para modificar los avalúos realizados por el IGAC, de manera que las reclamaciones por impuesto predial, generalmente debe hacerse primero al IGAC y después al Municipio.
 ¿Qué origina tanta inconformidad popular?
Los Municipios no realizan oportunamente los avalúos, trasladando este costo a los usuarios, ya que al actualizar el avalúo catastral de un inmueble que tiene 10 o más años, este fácilmente puede llegar duplicarse o triplicarse y por lo tanto el valor de impuesto predial se incrementará en la misma proporción, tal como ha ocurrido en la mayoría de los municipios del país, actualmente en  Pitalito.
El desconocimiento que tiene la ciudadanía sobre el proceso de actualización, al que en buena medida ha contribuido el IGAC, que es complejo, porque además de los atributos propios del inmueble, contempla los equipamientos urbanos disponibles, las expectativas de desarrollo urbanístico y los procesos de valorización de la tierra.
La falta de pedagogía del IGAC para explicar a los propietarios en que consiste la actualización del valor catastral de la propiedad y dar a los mismos una razón convincente de porque su predio en un período de cinco  o diez incrementó considerablemente su valor y en algunos casos lo duplicó o triplicó.
 Los errores que comete el IGAC al actualizar el valor catastral, no son corregidos oportunamente, lo que genera falta de confianza y descontento en los ciudadanos.
 La exacerbante lentitud del IGAC para resolver las reclamaciones, violando las normas de contencioso administrativo, al punto que muchas de las reclamaciones presentadas en el 2012 y 2013 en Neiva, aún no han sido resueltas, de manera que los mayores valores pagados como consecuencia del error, debe asumirlos el contribuyente.
 El caso de Neiva
El Municipio contrató con el IGAC la elaboración de estudio de actualización catastral que le fue entregado en abril del 2011 y puesto en vigencia a partir de enero de 2012.
El descontento fue descomunal, el valor algunos  predios, en un período de cinco años, se había doblado y en otros el aumento superaba el 70% al que sumado el incremento anual del IPC se tiene una valorización cercana al 100% en el valor de los inmuebles, haciendo que en algunos casos el valor catastral igualara o superara el valor comercial de los mismos.
Como era de esperarse, una verdadera tempestad de reclamaciones cayó sobre el IGAC,  al punto que hoy, después de dos años, como se dijo arriba, muchas no se han resuelto, trasladando a los propietario el costo de estos errores.
Ante esta situación, el gobierno nacional promulgó el Decreto 2783 del 28 de diciembre de cuyo artículo cuarto dice:
“Los predios urbanos y rurales formados o actualizados durante 2012 no serán objeto de reajuste. Los avalúos catastrales de los predios de que trata este artículo entrarán en vigencia a partir del 10 de enero de 2013, en los municipios o zonas donde se hubieren realizado”.
 O sea que en los municipios actualizados durante el 2012,  el valor de base para el cobro del impuesto predial para la vigencia 2013 debió ser el mismo del año inmediatamente anterior, es decir, que no debió incrementarse en el 3% tal como lo dispone el decreto mencionado, a pesar de esto muchos predios fueron incrementados en su avalúo.
Hoy le tocó el turno al Municipio de Pitalito, ¿Cuál será el siguiente?

Tomado de diariodelhuilacom

domingo, enero 12, 2014

PROPONEN CONSTRUIR 7.000 VIVIENDAS VIP AVALÚO (precio) hasta $43 MILLONES

El ministro de vivienda, Luis Felipe Henao, señaló que se presentaron propuestas por más de 7.000 viviendas de Interés Prioritario para personas que ganen entre 1 y 2 salarios mínimos en la capital del país.  

“La buena noticia para Bogotá es que en el subsidio a la tasa para 1 y 2 salarios mínimos, donde esperamos que la vivienda de interés prioritario tenga un jalonamiento en la ciudad, se presentaron propuestas por más de 7.000 viviendas que harán que empleados entre 1 y 2 salarios mínimos puedan comprar su vivienda desde 200.000 pesos mensuales”. 

Por otro lado, el ministro de Vivienda señaló que el próximo 25 de enero se entregarán 160 viviendas gratuitas en Bogotá. 


BENEFICIOS:

A los hogares que tengan ingresos de hasta 1,5 salarios mínimos legales mensuales vigentes podrá asignárseles un subsidio hasta por 25 salarios mínimos, y a los que tengan ingresos de más de 1,5 y hasta 2 salarios mínimos mensuales legales vigentes, podrá asignárseles un subsidio hasta por 22 salarios mínimos.

Además recibirán la cobertura de tasa de interés, que equivaldrá a 5 puntos de la tasa del crédito que se les otorgue para la adquisición de la vivienda. 

Los beneficios antes señalados deberán aplicarse en la adquisición de las viviendas que no superen los 70 salarios mínimos mensuales legales vigentes, y que se ejecuten dentro de los proyectos seleccionados en desarrollo del programa.

SELECCIÓN DE FAMILIAS:

Los oferentes de los proyectos seleccionados presentarán el listado de hogares propuestos para ser beneficiarios de los subsidios a aplicar en las viviendas del proyecto.

Las Cajas de Compensación Familiar apoyarán en la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas para los hogares beneficiarios. Fonvivienda podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.

Si existen imprecisiones o irregularidades en los datos entregados, se otorgará un plazo para que el oferente y/o el hogar emitan aclaraciones, pero si no se subsanan, se rechazará el hogar y se solicitará al oferente proponer otro.

En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.

REQUISITOS:

- Tener ingresos totales mensuales no superiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes en el hogar.

- No ser propietarios de vivienda.

- No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda efectivamente aplicado, ni de la cobertura de tasa de interés. 

- Contar con un ahorro del 5% del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente dos millones de pesos. 

- Tener un crédito pre-aprobado por los recursos faltantes para acceder a la vivienda y que no hayan sido inhabilitados por haber presentado documentos o información falsa con el objeto de que le fuera adjudicado un subsidio.

lunes, abril 01, 2013

AVALÚO CATASTRAL con TARIFAS DIFERENCIALES

Por cuarto año consecutivo desde que la Administración le propuso al Concejo distrital eliminar el criterio del estrato para liquidar el impuesto predial, este año muchos contribuyentes residenciales volverán a pagar tarifas diferentes por avalúos iguales o equivalentes.

Para solo citar un ejemplo, a 259.766 predios con avalúos de Catastro entre 90,2 millones y 157,8 millones de pesos se les liquidó el predial con tarifa del 6 por mil, por estar en estrato 3, mientras que a 141.000 que tienen avalúos similares se les liquidó con el 7,5 por mil, por pertenecer al estrato 4. A unos 15.000 que están clasificados como estrato 6 les liquidaron con 7 por mil.

Estas contradicciones en la liquidación del impuesto predial, en el sector residencial, obedecen a que la Secretaría de Hacienda debe combinar el avalúo catastral, el estrato socioeconómico (de 1 a 6) y una tabla de ocho tarifas (entre 2 y 9,5 por mil) autorizadas por el Concejo de la ciudad .

Los intentos para reformar el sistema de liquidación del impuesto predial, para que se haga solo por el avalúo catastral, sin tener en cuenta el estrato socioeconómico, vienen desde el 2010. Los alcaldes Samuel Moreno y Clara López presentaron la reforma en tres ocasiones, pero el Concejo se abstuvo de estudiar el tema. Lo mismo ocurrió el año pasado, cuando el alcalde Gustavo Petro la volvió a presentar la reforma. 

Por eso ahora, que se acaba de conocer el último censo inmobiliario de la ciudad con los avalúos actualizados, y que la Administración envió a las casas casi dos millones de formularios con el impuesto predial sugerido, volvieron a salir a flote las contradicciones.

Con el sistema tarifario vigente, a la mayor parte de los predios de estrato 3 (519.532), que tienen un avalúo catastral entre 52,2 millones y 92.373 millones de pesos, se les aplica una tarifa del 6 por mil porque su valor está por encima de 35’430.000 pesos, según la tabla de tarifas.

En cambio, a la mayor parte de los predios de estrato 4 (234.721), que tienen avalúos entre 90,6 millones y 137.003 millones de pesos, se les aplica la tarifa del 7,5 por mil porque su valor está por encima de 84’737.000 pesos. Eso hace que haya un grupo de 141.000 predios de entre 90,6 millones y 153,5 millones, con una tarifa de 1,5 por mil más que los de estrato 3 que están en los mismos valores.

Y es que por ejemplo, para los estratos 1 y 2, la tabla de tarifas contempla el 6 por mil para avalúos superiores a 66’968.000 pesos. Lo que implica, según los avalúos actuales, que esa tarifa beneficie, incluso, a un predio de estrato 1 de 13.679 millones de pesos y a uno de estrato 2 valorado en 75.321 millones de pesos. 
Mientras tanto, para predios avaluados hasta por 84’737.000 pesos –un valor inferior al de los dos casos anteriores–, la misma tabla contempla que se les liquide con 7 por mil, por estar clasificados en el estrato 4.

Por ahora, mientras la Administración vuelve a presentar la reforma al Concejo, tal como lo ha anunciado el alcalde Gustavo Petro, los bogotanos tienen hasta el 19 de abril para pagar el impuesto predial con descuento de 10 por ciento.

Este año la secretaría de Hacienda envió cerca de dos millones de formularios con pago sugerido a las casas y espera un recaudo de 1,4 billones de pesos por concepto de esta obligación.

Tomado de eltiempo.com

jueves, octubre 11, 2012

IRREGULARIDADES EN AVALÚO CATASTRAL


Esta semana el personero de Bogotá, Ricardo Cañón, reveló un informe realizado por la Personería Distrital a los avalúos catastrales en la ciudad. El funcionario reveló datos sorprendentes y calificó el procedimiento como una montaña rusa.

Cañón asegura que las diferencias de avalúos de un mismo predio superan el 2.000%, entre un año y otro, y dice que eso se debe a la ausencia de criterios unificados durante el proceso de actualización catastral.
Luego de que la Personería revisará 19 inmuebles se encontró que los predios seleccionados fueron actualizados mínimo tres veces en los últimos cinco años, pero las inconsistencias son de tal magnitud que un bien avaluado en el año 2010 en $6.066 millones, en 2011 bajó a $392 millones y en 2012 subió a $9.907 millones.
“Otro predio con un avalúo catastral en 2010 de $158 millones, se redujo en 2011 a $15 millones y aumentó en 2012 a $443 millones. Uno más, con un valor de $17.443 millones en 2009, cambió a $65.092 millones en 2010, varió a $29.587 millones en 2011 y aumentó en forma leve a $30.767 millones en 2012”, señala el informe.
De acuerdo a la Personería, esos exagerados cambios en los valores catastrales desdicen de la calidad y metodología utilizada para las actualizaciones realizadas por el Departamento Administrativo de Catastro Distrital.
“Esos vaivenes generan incertidumbre e inseguridad en los contribuyentes, así como afectan el patrimonio del ciudadano o del recaudo de impuesto de la Capital”, dijo Cañón.
Tomado de elespectador.com

viernes, mayo 18, 2012

EL AVALÚO CATASTRAL DE PREDIOS EN COLOMBIA VALE 725 BILLONES DE PESOS


El director del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, Iván Darío Gómez, dijo que Colombia cuenta con 14 millones 722 mil predios a nivel nacional.


Explicó que el 72 por ciento de ellos es urbanos y el 26 por ciento está en zonas rurales.
“Nosotros tenemos un país de ciudades en donde habita el 75 por ciento de los ciudadanos”, puntualizó el director del Instituto, a lo que añadió que al cierre de enero, el avalúo catastral correspondiente a los predios fue de 724.8 billones de pesos.
Igualmente, Gómez dijo que se iniciará un programa de actualización catastral en las 26 ciudades más importantes del país, con sistemas de actualización satelital, espacial y de imágenes ópticas de radar, y aerofotografías.


lunes, diciembre 28, 2009

DE LOS AVALUOS


EL AVALUO es un valor estimado que sirve para poder conocer el valor de un inmueble en su valor comercial.


Es importante que este sea realizado por un experto, debido a que si se realiza un avalúo por debajo del precio comercial, lógicamente se pierde dinero en una operación de compraventa, y si por el contrario, se sobrevalua (este punto es muy rormal en quien desea vender su inmueble), el inmueble llega a comercializarse despues de mucho tiempo, con el consiguiente riesgo que, conforme aumenta el tiempo de venta, el vendedor le incrementa el valor del inmueble, siendo una carrera que muchos inmuebles, o se quedan durante mucho tiempo en venta (se conocen casos de hasta 5 años) o definitivamente salen del mercado de la venta de inmueble por estar muy caro.

Otro de los aspectos que además sirve un avalúo es para juicios diversos en el que existe inmuebles de por medio como lo son: Juicios Intestamentarios, Juicios en Divorcios (disolución de la sociedad conyugal), Juicios Civiles, Juicios Hipotecarios o de venta forzosa, Dación de pago, avalúos para traslado de Dominio (compra-venta), Juicios familiares por herencias, avalúos Fiscales (remates de tesorería, Secretaría de Hacienda, DIAN, etc.), avalúos para compra mediante diversas instituciones gubernamntales, Instituciones Bancarias (que se les denomina avalúos de garantía hipotecaría), para préstamos prendarios en el que se deja como garantía un bien inmueble, también el avalúo se utiliza en los negocios (como garantías de prestamos), para aportación en Negocios Inmobiliarios (para fraccionamientos, desarrollos turísticos, Industriales, habitacionales en sus diferentes formas Interés social, habitacional media o Residencial).

En fin para un sinmumero de operaciones, por lo que es de suma importancia el tener un avalúo que sea confiable, certero y realizado por un experto que tenga sus diferentes registros (RNA, Superintendencia de Industria y Comercio, Fedelonjas , Corpolonjas, Lonjanap, etc.) siendo en esta categoría los Especialistas en Valuación inmobiliaria o Maestros en Valuación Inmobiliaria los más recomendados, para evitar caer en garras de psudovaluadores que únicamente hacen es deteriorar un negocio o un valor de un inmueble con las consiguientes pérdidas económicas de un propietario de un bien inmueble.


Fuente : http:/wwww.diacon.com.mx

martes, marzo 17, 2009

EL PRECIO DE LA VIVIENDA NUEVA SE ELEVÓ 3,19%

El valor del metro cuadrado de la vivienda en proceso de construcción con destino a casas se elevó en 3,35% y el de apartamentos registró un incremento de 3,04%, informó el Dane.


El Índice de Precios de Vivienda Nueva (IPVN) registró una variación de 3,19% en el cuarto trimestre de 2008, siendo superior en 0,49 puntos porcentuales al registrado en el trimestre inmediatamente anterior, cuando presentó un crecimiento de 2,70%, revela el informe.


Precisa el Dane en su estudio que al desagregar el IPVN por destinos, se observa que el valor del metro cuadrado correspondiente a las casas tuvo un aumento de 3,35%, en el cuarto trimestre de 2008. Por su parte el valor del metro cuadrado de los apartamentos tuvo un crecimiento de 3,04%.


El precio de venta de la vivienda nueva presentó un incremento de 10,56%. Este resultado es inferior en 3,65 puntos porcentuales al registrado en el mismo período de 2007, cuando presentó un incremento de 14,21%, dice el informe.

En los últimos cuatro trimestres, el precio de venta de los apartamentos se elevó 12,66% y de las casas presentaron incremento de 8,12%.


En el cuarto trimestre de 2008, las variaciones de los precios superiores a la media del IPVN, se presentaron en las áreas de Cali (8,26%), Bucaramanga (7,00%) y Pereira (4,05%). Las demás áreas registraron variaciones inferiores a la media, dice el informe.


Explica el estudio del Dane que en el cuarto trimestre de 2008, el IPVN correspondiente a casas registró sus principales crecimientos en Cali (8,95%), Bucaramanga (7,54%) y Pereira (5,36%). Las áreas de Bogotá (-2,00%) y Medellín (-0,06%) presentaron variaciones negativas.


En el cuarto trimestre, el IPVN correspondiente a apartamentos, registró sus principales crecimientos en el valor de metro cuadrado en las áreas urbanas y metropolitanas de Cali (6,38%), Bucaramanga (5,26%) y Bogotá (3,36%). Las áreas de Barranquilla presentaron (-6,42%) y Armenia (-3,88%) que mostraron variaciones negativas, indica el Dane.


Tomado de Elespectador.com


viernes, febrero 15, 2008

AVALUO CASA 3 PLANTAS KENNEDY


Se trataba de la determinación del Valor Comercial del Inmueble ubicado en la Calle Cuarenta y Una G Bis Sur ( CL 41 G Bis S ) número Setenta y Ocho H Treinta y Uno ( No. 78 H 31 ), para lo cual se visitó el inmueble en el sector del Barrio Kennedy Los Periodistas, donde se realizó el correspondiente análisis de localización de la Edificación, su ubicación dentro de la manzana catastral, carácter de casalotes y construcciones aledañas, volumetría, etapas de construcción, alturas obtenidas, antejardines, voladizos, aislamientos, estado de las obras de urbanismo y procesos en desarrollo, vetustez y estado en el que se encuentraba, vecindario y cercanía a vías principales, servicios y dotaciones especiales.


Se identificaron todas las características tanto intrínsecas como extrínsecas del plano de loteo, del lote, del inmueble y del sector, que permitieron determinar junto con la normatividad actualizada de la zona, los probables procesos de valorización o potencialidad que inciden e incidirán directamente sobre el inmueble en estudio, desde edad, estado, su división material, su uso urbanístico general con actividad económica y estado y uso actual.


El estudio consta de evaluaciones de tipo objetivo y medibles del sector aledaño al Barrio Kennedy Los Periodistas, Ciudad Kennedy Central, Ciudad Kennedy Norte y Sur, Barrio Pastrana, Timiza, Tocarema, y alrededores a la Avenida Primero de Mayo, además de las subjetivas del avaluador, basados en el POT y sus reglamentaciones, experiencia, el conocimiento del mercado, oferta y demanda, la bibliografía existente sobre el área y estudios anteriores y actuales, y el análisis en perspectiva del sector Norte y adyacentes a la Avenida Primero de Mayo, todo lo cual es de vital importancia en la cualificación y maduración equilibrada de los precios comerciales a calcular.


CARACTERISTICAS DE LA CONSTRUCCIÓN:

Se trata de una edificación en tres (3) plantas, con apartamentos (4) en toda su configuración, no sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal a tenor de lo reglamentado por la nueva Normatividad del Régimen de Propiedad Horizontal, Ley 675 de Agosto 03 de 2001, con servicios individualizados para un 75% de toda la edificación.

El Edificio, está construido sobre un lote de terreno rectangular, sobre eje vial local, con fachada principal sobre la Calle Cuarenta y Una G Bis Sur ( CL 41 G Bis Sur ) antigua Calle Cuarenta y Una G Sur ( CL 41 G Sur ). Construida en un 90% de l terreno, y en total acuerdo con los planos existentes elaborados por un profesional de la arquitectura. La totalidad de las redes de servicios públicos instaladas se encuentran en buenas condiciones de funcionamiento, así mismo la totalidad de las dependencias de cada unidad privada en sus tres (3) pisos, las cuales gozan de muy buena iluminación, muy buena ventilación, ofreciendo muy buenas condiciones de seguridad y salubridad. No obstante, no siendo la construcción nueva, la segunda planta por su parte, se encuentra en avanzada obra gris en sus acabados.

Todo el estudio, análisis de mercado, situación intrinseca del inmueble, normatividad y usos permitidos, pueden leerse y descargarse gratis, en el siguiente link:


BAJAR GRATIS AVALUO CASA 3 PLANTAS BARRIO KENNEDY
(simplemente marca FREE, espera un minuto y descarga)

O igualmente, si el link se demora más de lo previsto, lo puedes bajar del siguiente vinculo:

BAJAR GRATIS AVALUO CASA 3 PLANTAS BARRIO KENNEDY



lunes, septiembre 24, 2007

AVALÚO CASA BARIO LA ASUNCIÓN

A V A L U O C O M E R C I A L No. 1290

Para la determinación del Valor Comercial del inmueble ubicado en la Carrera Treinta y Uno D ( KR 31 D ) números tres sesenta y uno y tres sesenta y tres ( Nos. 3 - 61 / 63 ), Barrio La Asunción, se visitó detalladamente el sector de La Asunción, Santa Matilde, Santa Isabel, Ciudad Montes y alrededores, y el inmueble, con el propósito de realizar el correspondiente análisis de del sector y aledaños, la edificación, su diseño, distribución, tipo de construcción, ampliaciones normativas, remodelaciones recientes, vetustez de la construcción y los acabados, estado en el que se encuentra, el sector donde se localiza, vecindario y cercanía a vías principales, y para globalizar este proceso se cuantificaron los siguientes aspectos :

A) FACTORES DE CARÁCTER GENERAL

Se identificaron todas las características tanto intrínsecas como extrínsecas de la edificación y del sector Barrio La Asunción, Comuneros, Bochica Central, Santa Matilde y alrededores, que permitieron determinar junto con la estratificación, normatividad actual y futura de la zona, los probables procesos de valorización o desvalorización que inciden directamente sobre el inmueble en estudio.

B) FACTORES DE CARÁCTER ESPECÍFICO

Permiten conocer y analizar los aspectos específicos del Terreno y la edificación relacionándolos con su vecindario y sectorización, desarrollos metropolitanos actuales y futuros, usos permitidos, estado de conservación y niveles de adecuación, reglamentaciones futuras y todos los aspectos relevantes del inmueble, el sector y sus alrededores.

C) FACTORES DE CARÁCTER PROFESIONAL

El estudio consta de evaluaciones de tipo objetivo y medibles del sector del Barrio LA ASUNCIÓN y alrededores, además de subjetivos del avaluador, basados en la experiencia, el conocimiento del mercado, la bibliografía existente sobre el área y estudios anteriores y actuales, y el análisis en perspectiva del sector, todo lo cual es de vital importancia en la cualificación y maduración equilibrada del precio comercial a calcular.



Para ver el avalúo comercial, en toda su extensión , clickear en el siguiente vínculo:

AVALÚO CASA BARRIO LA ASUNCIÓN BOGOTÁ


miércoles, enero 10, 2007

AVALUO CASAS COLINA CAMPESTRE


El presente blog presenta de manera sucinta el avaluo desarrollado sobre un predio localizado en el Barrio Colina Campestre, de un inmueble en dos plantas correspondiente a una vivienda que en su origen correspondió a una casa de urbanización, y que en la actualidad se siente atafagada por la nueva reglamentación y el uso normativo nuevo por la presencia de avenidas como la Avenida Iberia, que cruzan su fachada.

No es de extrañar que las viviendas de los alrededores, de igual manera, estén sufriendo o favoreciendose de la nueva circunstancia reglamentaria. Ninguna de las viviendas periferícas, conserva su uso original, y su precio oscila por los valores dados por los canones de arrendamiento que les presta un valor importante.

Ver el informe total en la dirección:

http://www.esnips.com/doc/9a4dab25-b3db-4730-9761-27feff8930b4/Aval%C3%BAo-No.-1228-Casa-Colina-Campestre

El informe se encuentra en formadto word, y puede ser bajado directamente, sin ninguna limitación.