domingo, enero 27, 2019

LOS AVALUOS en la nueva LEY DE FINANCIAMIENTO

Con la declaración juramentada y las nuevas disposiciones para aumentar el recaudo en la nueva Ley de Financiamiento, el Estado busca que los contribuyentes no evadan impuestos y que en las escrituras de venta aparezca el valor real de las transacciones notariales. 
Ley de Financiamiento generará mayores oportunidades para los avaluadores en el año 2019 y siguientes.

Los avaluadores (R A A), encargados de analizar, estudiar y definir el valor de los bienes muebles o inmuebles para personas naturales y jurídicas, serán una figura recurrente en la aplicación de la nueva Ley de financiamiento. 

Tres (3) frentes ofrecen un amplio potencial para estos profesionales: las exigencias de declaraciones juramentadas que contempla la nueva reforma; la adopción de un nuevo impuesto al consumo para vivienda de más de $1.000 millones y la continuidad en la aplicación de las normas Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF, que adoptaron las empresas hace unos años y requieren este tipo de servicios. 

La Ley de Financiamiento incluyó en su artículo 53 la DECLARACIÓN JURAMENTADA, una figura que busca que el precio incluido en la escritura de compra de un inmueble, refleje el valor real de la transacción y no sea el resultado de un acuerdo entre privados para reducir costos notariales, de registro, o incluso para evadir impuestos como renta, impoconsumo o ganancia ocasional. 

Para determinar el valor real de un inmueble se debe contar con avalúos catastrales actualizados o acudir a un sistema de valores de referencia, pero estos no existen en muchos casos, por tanto, es necesario acudir al avalúo respaldado por un experto avaluador, que garantiza el efectivo recaudo al Estado pero al mismo tiempo salva al contribuyente de las onerosas multas contempladas. 

Tomado de www.dinero.com