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miércoles, diciembre 28, 2022

EL BIG DATA en los AVALUOS

El BIG DATA para los AVALUOS, deberá está formado por conjuntos agrupados y no agrupados de datos de voluminoso número, tamaño intermedio, y complejidades de información, originadas en todas las probables fuentes de información de Mercado (mercado callejero, Inmobiliarias, Notariales, portales de internet, etc.).


Estos conjuntos de datos BIG DATA masivos no pueden ser administrados por el software individual ni de procesamiento convencional, pero que, sin embargo, deben asimilarse GLOBALMENTE para ser utilizados por los CONSULTORES INFORMÁTICOS, permitiendo abordar soluciones empresariales en todos los sectores, incluido el AVALUATORIO.

Técnicamente se ha consensuado, que el BIG DATA, tiene tres (3) características principales que lo hacen VIABLE como fuente creíble de información natural y base de estudios premonitorios: VOLUMEN, VERACIDAD y VARIEDAD.

Pero hasta las características básicas originales primigenias han evolucionado, y lo que CONMOCIONÓ por el VOLUMEN,la VERACIDAD y la VARIEDAD, hoy se complementan con la VELOCIDAD, CONCENTRACIÓN, VISUALIZACIÓN y el VALOR.

Desde el punto de vista del ANÁLISIS AVALUATORIO, creemos que las virtudes más importantes del BIG DATA, serán:
  • VERACIDAD: hoy en Colombia existen un par de plataformas que hacen la labor de BIG DATA, que corresponden a datos que provienen de información pública de carácter particular, incluso de agentes inmobiliarios, con algún tipo de validación.
  • VALOR: es la representación numérica que busca el investigador avaluador, base de sus estudios de mercado, que sirvan para la toma de decisiones, luego de variados ANÁLISIS DE DATOS


COLETILLA IEn el estado actual del arte, se puede decir, que los avaluadores contamos con remedos de BIG DATA, trozos de esa gran sábana de información, en las dispersas BASES de DATOS de los diferentes PORTALES Inmobiliarios de INTERNET, que ya permiten contar con importante volumen de información particular de los predios, facilitando la comparación y restricción de los estudios a predios homogeneizados con el predio en VALORACIÓN.  

COLETILLA IIEn el estado actual del arte, se puede decir, que los avaluadores contamos con herramientas virtuales que nos acercan virtualmente el mundo vecindario, proponiéndonos mejores y adicionales herramientas que coadyuvan y purifican la labor avaluatoria. Hoy no es más fácil avaluar, hoy es más científico y confiable avaluar.  


lunes, noviembre 23, 2020

DICTAMEN PERICIAL EN AVALÚOS

La prueba pericial es un instrumento a través del  cual se nombra a una persona experta en un tema (avalúos, ingeniería, medicina, medio ambiente, etc.),  para que elabore un informe técnico analizando la situación en LITIS, apoyado en sus conocimientos científicos sobre el tema. 


La prueba pericial se encuentra consagrada en el artículo 226 del código general del proceso, que en el inciso primero, señala para qué sirve el dictamen pericial:

«La prueba pericial es procedente para verificar hechos que interesen al proceso y requieran especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos.»

El Dictamen pericial puede ser pedido por cualquiera de las partes o decretada de oficio por el Juez cuando lo considere necesario, específicamente cuando se requiere la opinión de un experto (avalúos, ingeniería, medicina, economía, medio ambiente, etc.) . 

El dictamen pericial aportado debe ser claro, preciso y detallado, es decir, que no debe ser confuso para que pueda ser entendido por el Juez, y referirse solo al tema del dictamen y detallado únicamente en lo relacionado con el tema objeto del dictamen .

La Corte Constitucional expone el tema pericial, en sentencia C- 124 del 2011:

«La doctrina tradicional en materia probatoria confiere al dictamen pericial una doble condición: Es, en primer término, un instrumento para que el juez pueda comprender aspectos fácticos del asunto que, al tener carácter técnico, científico o artístico, requieren ser interpretados a través del dictamen de un experto sobre la materia de que se trate.  En segundo lugar, el experticio es un medio de prueba en si mismo considerado, puesto que permite comprobar, a través de valoraciones técnicas o científicas, hechos materia de debate en un proceso.  Es por esta última razón que los ordenamientos procedimentales como el colombiano, prevén que el dictamen pericial, en su condición de prueba dentro del proceso correspondiente, debe ser sometido a la posibilidad de contradicción de las partes, mediante mecanismos como las aclaraciones, complementaciones u objeciones por error grave.» 

Por tanto, el DICTAMEN PERICIAL como todo medio de prueba  puede ser controvertido por las partes cuando no están de acuerdo (Dictamen de parte, Contra Dictamen, etc.).

martes, abril 14, 2020

AVALÚO DEL USUFRUCTO (método español)


Para el cálculo del AVALÚO COMERCIAL del USUFRUCTO de un bien inmueble, no existe una metodología única ni universal que permita direccionar fácilmente el cálculo del avalúo, y antes por el contrario existen variados propuestas, ocurridas principalmente de la experiencia y conocimiento del mercado por parte de los proponentes avaluadores españoles.

En el presente aparte, se trae a colación, la metodología europea (España) más popular y aplicativa, que se usa con gran aprobación, aplicación y aceptación por las diferentes entidades responsables en el campo avaluatorio.

Empieza la metodología, haciendo la claridad, que en el cálculo del AVALÚO de usufructo,  se debe distinguir entre USUFRUCTO TEMPORAL (durante un periodo determinado) y USUFRUCTO VITALICIO (durante toda la vida).

La metodología tiene en cuenta, entre otros, ciertos Parámetros BÁSICOS, que permiten dar cuerpo a la valoración:

1)      La valoración de la NUDA PROPIEDAD no puede ser mayor al 70%, ni menor al 30% del valor del Avaluó COMERCIAL del inmueble, expresado así:

30% del Avalúo ≥ NUDA PROPIEDAD ≥ 70 % del Avalúo

2)      El usufructo TEMPORAL define un período de aplicación (n años), para una vida útil del inmueble N= 50 años, por tanto el usufructo temporal tendrá un periodo máximo igual a nmax = 35 años, y un período mínimo  igual a nmin = 1 año

nmax = 35 años
nmin =   1  año

3)      El usufructo TEMPORAL define al VALOR anual del USUFRUCTO Ia, con un valor igual al 2% del AVALÚO COMERCIAL del inmueble, AVALÚO calculado a la fecha de legalización del USUFRUCTO

Ia = VALOR anual del usufructo = 0.02 x Avalúo Comercial

EJEMPLO de Cálculo del AVALÚO del USUFRUCTO TEMPORAL: calcular el AVALÚO COMERCIAL del USUFRUCTO TEMPORAL, por un período de tiempo de cinco (5) años, para un predio valorado en 150.000 Euros.

Solución: El valor del usufructo se calculará multiplicando los periodos de un año (5) por un 2%, y el resultado se aplica al valor del bien.

Ia =valor anual del usufructo             = 2% = 0.02
Usufructo Temporal                           = 5 años x 0.02 = 0.10
Avalúo Comercial del predio            = 150.000 Euros

Avalúo del Usufructo                        = 0.1 x 150.000
Avalúo del Usufructo                         = 15.000 €

lunes, marzo 30, 2020

LOS DOCE (12) PRINCIPIOS ECONÓMICOS para el CÁLCULO de un AVALÚO


Los principios financieros relativos a la determinación del AVALÚO de un bien inmueble o un servicio, etc., están profundamente ligados a cuestiones económicas, tales como los mercados, la oferta, la demanda, etc. El avalúo de los bienes raíces incluye tanto el inmueble en sí, como los derechos intangibles derivados del mismo. Estos principios fundamentales principales, aplicados al inmueble en estudio, son pericialmente, los siguientes:

1)     PRINCIPIO DE CAMBIO:

Nada permanece estático, el futuro más que el pasado es de primera importancia en la estimación del valor (avalúo). Por lo que es necesario definir la fase de vida cíclica en que se encuentra el inmueble que se valora. Todo bien raíz está caracterizado por tres etapas:

1. Integración (Desarrollo y Construcción).
2. Equilibrio (Estado estático, vida útil).
3. Desintegración (Decadencia, salvamento, demolición).

Nada se queda estático. Los bienes raíces se ven afectados en el tiempo, en general aumentando su valor, o disminuyéndolo.


Este principio económico se basa en que entre dos propiedades diferentes el valor de la mejor puede ser afectado adversamente por la presencia de otra de menor valor. Y de la misma manera, también, en que una propiedad de menor valor pueda tener un precio incrementado, debido a la proximidad de propiedades de mayor valor.


Este principio económico establece la posibilidad de que un inmueble pueda ser reemplazado por otro idéntico o similar en lo que se refiere a sus capacidades, aspecto, tamaño, forma, amenidades, estado físico, entre otros. En este sentido, puede fijarse el valor del bien a partir de la consulta de los precios de adquisición de aquellos que pueden sustituirlo.

Cuando una propiedad puede ser medianamente reemplazada por otra, su valor  de negociación tiende a ser aproximadamente igual al costo de adquisición de una propiedad equivalente.


El mayor uso productivo de una propiedad determinada es el uso al cual es apta la propiedad y que por él habrá una demanda idónea en un futuro razonable cercano, y que por los servicios que preste se obtenga el mayor rendimiento, ya sea en términos de dinero o en términos de uso. El uso presente de una propiedad no siempre puede ser el mejor. Los bienes raíces son valorados en términos de su mayor y mejor uso, que pueda ser o no ser, su uso actual.

Edificaciones obsoletas física y/o económicamente, demeritan el valor de un terreno. Igualmente menoscaban el valor de un terreno si su avalúo se realiza bajo este principio, por tanto las construcciones carecerán de valor y adicionalmente se debe tomarse en cuenta el costo de su demolición. Debiéndose tener en cuenta aspectos tales como:

·        El Terreno como si estuviera baldío.
·        Solo usos que son físicamente factibles
·        Solo usos redituables.
·        El uso que permite pagar u obtener el precio mal alto.


El valor se establece y se mantiene cuando hay equilibrio, tanto en la cantidad como en la ubicación de los inmuebles. La pérdida de valores puede resultar si hay menos servicios de los que el vecindario necesita, o más servicios de los que el vecindario puede soportar. Una ruptura del equilibrio tiende a destruir valores. Este principio debe reflejar una armonía entre la oferta y la demanda. Un cambio entre ellas afectara el valor.


El avalúo de una propiedad está determinado por el balance de los tres (3) factores de la producción, que son:

1. Trabajo (Salarios)
2. Organización (Gastos de operación).
3. Capital (Interés).

El trabajo es el primer factor que debe ser retribuido; los gastos de operación deben ser pagados después. El remanente del ingreso bruto va a satisfacer el capital y la tierra. Con el aumento de los montos destinados a los factores de la producción, se incrementa el valor hasta un punto determinado, a partir del cual el aumento en los montos destinados a los factores no logra incrementos al valor, proporcionales a la inversión.

Un ejemplo de la aplicación de este principio es el cultivo de tierras agrícolas. Por encima del punto en el cual los agentes de la producción están en balance, el aumentar cantidades de fertilizantes y trabajo redundará en mayores retribuciones, hasta un momento tal en que los rendimientos adicionales serán progresivamente menores que el incremento en el costo de producción.


Este es el principio del incremento y decremento de recuperaciones, aplicado a una o varias partes de una propiedad. Este principio afirma que el valor de un factor individual en la producción depende de qué tanto contribuye al valor total con su presencia, o bien qué tanto baja el valor de la propiedad con su ausencia. Una aplicación de este principio es la valoración de lotes con varios fondos. El avaluador debe estimar el valor del lote tomando en cuenta la profundidad que este tenga, en relación con los lotes tipo en el área, así, por ejemplo, un lote con mayor profundidad que la del lote tipo, o con menor profundidad podría hacer  improductiva una parte de dicho terreno.

El costo de las mejoras no contribuye, en la misma medida, al valor final de un bien inmueble. La inadecuación o gasto excesivo de las mejoras, origina que un inmueble no se pueda vender en una cifra igual o mayor a su costo original, más el de la inversión adicional.


Un exceso en las utilidades atrae competencia, y la competencia frecuentemente destruye las utilidades. El exceso de utilidades así considerado por el avaluador es el monto remanente, después de satisfacer a los cuatro agentes de producción.

Así, por ejemplo, un área con características predominantemente residenciales en donde se produzca una excesiva utilidad para el constructor, atraerá a constructores competidores, y la competencia puede llegar a un punto en el cual ninguno de los constructores obtenga beneficio. La ganancia ánima a la competencia. La ganancia excesiva produce competencia ruinosa. (exceso de oferta)


A fin de llegar a su máximo valor, la tierra deberá ser utilizada de tal forma que sean sus mejoras o construcciones acordes a las del vecindario en que se encuentra.

Los APARTAMENTOS y las VIVIENDAS en un área determinada deben ser similares en tamaño, edad, condición y estilo, y las familias que las habitan, de condiciones económicas y sociales similares.


Establece que el valor presente del bien se sustenta en los beneficios futuros que pueden retribuir su uso o explotación, así como en los costos y gastos asociados con dicho uso o explotación.

El valor actual de un inmueble es una medida de los beneficios futuros en este principio se basa el enfoque de capitalización de ingresos o rentas.


Este principio económico establece que el valor comercial del bien debe determinarse con base en el uso probable más idóneo, que sea físicamente posible, apropiadamente justificado, legalmente permitido y financieramente factible, de manera que se establezca el valor avaluatorio más alto.


La demanda de un bien inmueble está limitada por los ingresos, los precios y los gustos. La posibilidad de financiamiento, que los demandantes tengan para satisfacer sus necesidades, es una forma de aumentar los ingresos o de disminuir los precios.

La oferta de mercado se conforma por la disponibilidad de inmuebles en cartelera, al igual que otras mercancías. Estableciendo este principio que la escasez influye en las fuerzas económicas de la oferta y la demanda, y que cuando la oferta supera a la demanda existe disminución en el nivel general de los precios de los inmuebles en demanda, mientras que cuando ocurre lo contrario, este aumenta. Este principio económico señala la existencia de una relación inversa entre la oferta y el precio, así  como de una relación directa entre la demanda y el precio final de adquisición.

lunes, agosto 19, 2019

ES IMPORTANTE EL AVALÚO DE LA MARCA ?

Dentro de la gama de activos intangibles, la identificación y avalúo de la MARCA, es un tema de gran concurrencia empresarial.

Dependiendo del sector en que se aplique, las MARCAS presentan características propias y variables, que hacen el avalúo a veces simulable (simulación), a veces comparable (equiparación). 

Por ejemplo, en la industria de BIENES de CONSUMO, vemos que las MARCAS están comúnmente asociadas a la CALIDAD, PRECIO y SERVICIO.

Otro ejemplo se encuentra en la industria FARMACÉUTICA, donde el reconocimiento de una MARCA está ligado ala investigación y desarrollo de los medicamentos, alcanzando como consecuencia la aceptación y preferencia del mercado.   En el caso de la TECNOLOGÍA, el avaluo de la marca incorpora innovación y KNOW HOW.

En últimas, la característica principal de los avaluos en cualquier industria, es que una MARCA incrementa la generación de ingresos y flujos de efectivo a través de una mayor volumen de VENTAS y/o mayor precio. 

miércoles, mayo 29, 2019

Avaluos de ACTIVOS AMBIENTALES -Método AMUVAN-

Los ACTIVOS AMBIENTALES se definen como las contribuciones directas o indirectas de los ecosistemas al MEDIO AMBIENTE, y a partir de su BENEFICIO y/o NECESIDAD, se cuantifican y valoran.

Los ACTIVOS AMBIENTALES están conformados por el conjunto de la diversidad biológica, entendida como la riqueza representada en plantas, animales, microorganismos, agua, aire, etc., que posee un país. En general, activo ambiental, es la cantidad de bienes y servicios ambientales que posee una región y/o comunidad..

El los AVALUOS de ACTIVOS AMBIENTALES, no se tiene como finalidad principal la valoración del entorno ambiental, sino analizar y cuantificar el BENEFICIO dejado de percibir por la comunidad, y/o el ECOSISTEMA AFECTADO .

Los ACTIVOS AMBIENTALES más representativos y cuantificables en AVALUOS, se dividen en CUATRO (4) categorías de servicios: ACTIVOS de PROVISIÓN, ACTIVOS de REGULACIÓN, ACTIVOS de SOPORTE y ACTIVOS CULTURALES.


En la actualidad se publicita el MÉTODO denominado AMUVAN (Analytic Multicriteria Valuation Method), como un método de AVALÚO de ACTIVOS AMBIENTALES, el cual está compuesto de dos (2) métodos: 
  • 1)  Metodo AHP (Analytic Hierarchy Process)
  • 2)  Método de actualización de RENTAS

Para la aplicación y cálculo por el método AMUVAN del avalúo de ACTIVOS AMBIENTALES, se han de tener en cuenta las funciones y beneficios que producen los ACTIVOS AMBIENTALES para la Sociedad, expresados en items de VALOR, y reconocidos por sus siglas ambientales,que en sumatoria componen el DENOMINADO VET (VALOR ECONÓMICO TOTAL), así: 

                                                 VET   =   VUD + VUI VO/O + VE VL

VUD   = Valor de uso directo. Valor que se obtiene por la explotación económica de los recursos
VUI    =  Valor de uso indirecto. Valor de los usos no retribuidos,  no valorados por el mercado
VO/O =  Valor de Opción. Valor de poder disrutar en el futuro tales bienes
VE     =   Valor de existencias. Valor por tratarse de un recurso esencial para el desarrollo sistémico
VL    =    Valor de Legado. Valor de dejar los activos a futuras generaciones.

Mediante el AHP se ponderan los COMPONENTES del VET (Valor Económico Total), y se utiliza el VUD (Valor de uso Directo) como valor PIVOT.

El VUD es el valor que contiene aquellas actividades del ACTIVO AMBIENTAL controladas por el MERCADO. A través del MERCADO es posible conocer los INGRESOS y GASTOS que producen las funciones que comprende el VUD. La diferencia entre el VET y el VUD es el flujo de caja del VUD.

Mediante una TASA AMBIENTAL, aplicando el Método de ACTUALIZACIÓN de RENTAS, se actualizan los FLUJOS de CAJA calculados, y el valor obtenido es el VALOR del ACTIVO AMBIENTAL derivado de su VUD.

Ya conocido el valor del ACTIVO AMBIENTAL por su VUD, y conocidas las ponderaciones de los componentes del VET, se calculan los valores de los demás componentes del VET. Finalmente, la suma de todos los componentes proporciona la cuantía del VET (Valor Económico Total del ACTIVO AMBIENTAL).


Retomado y complementado de la Revista de RNA "MÁS VALOR" (25-03-2019) del Artículo "Valoración Activos Ambientales MÉTODO AMUVAN", para este Estudio y Análisis del Método AMUVAN, preparado por Valentín Castellanos R. / Sandra Camacho L.  / Héctor Páez V.

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sábado, diciembre 15, 2018

VALORAR es lo mismo que AVALUAR ?

Cuando la primera ERA autodenominada ANA inició la novel tarea de REGISTRAR AVALUADORES en el RAA, seguramente su primera y previa inquietud se centró en definir la diferencia entre VALORAR y AVALUAR.


Y a fe, que no era tarea fácil. Y a fe, que hizo la tarea. Y de seguro que la hizo, porque en el RAA, ya existe un registro de avaluadores que rondan los tres mil (3000) individuos. 

Pero sería que ANA hizo la tarea BIEN HECHA ?

En el mundo de a pie, existen profesiones que se encargan de HACER, CONSTRUIR, REPARAR, MEJORAR, ACTUALIZAR, DEMOLER, RECONSTRUIR, etc.

Todas estas actividades representan el avance de la humanidad desde los cazadores recolectores. Algo así como el desarrollo de 500.000 años de técnicas de HACER, CONSTRUIR, REPARAR, MEJORAR, ACTUALIZAR, DEMOLER, RECONSTRUIR, etc.

Y todo ese hacer, deshacer y volver a levantar, implicó desarrollar técnicas numéricas, que desde antes de la invención del CERO, permitió a la humanidad CUANTIFICAR, y a su vez, VALORAR. Sí, valorar la equivalencia en DINERO, del VALOR de cada una de las OBRAS. Y cuando se cuantifica se VALORA, y no existe la más mínima distracción mental, para que todos reconozcan que tal actividad es VALORAR.

Para VALORAR se necesitan conocimientos básicos de MATERIALES, de MANO DE OBRA, de MAQUINARIA o Herramientas, de precios Unitarios, de APUS, de Tiempos de Obras, etc. Pero especialmente, conocimientos del carácter de la OBRA, de su calidad, categoría, normatividad constructiva, diseño, NSR, etc.  

Como vemos hasta aquí, desde la antigüedad, la profesión de VALORAR es tan antigua, o hasta más antigua que la profesión reconocida como la profesión más vieja de la humanidad.

Por tanto, hasta aquí, no encontramos equívocos, ni posibilidades de equivocación. 

Seguiremos.......

jueves, febrero 01, 2018

ABOGADOS24HORAS

A partir de la fecha, se integran al GRUPO de DICTAMENES PERICIALES, un grupo de ABOGADOS expertos en las ramas del Derecho, que corresponden con los tipos de procesos que más frecuentemente ocupan los Despachos Judiciales, que han tomado para sí el nombre de ABOGADOS24HORAS.

El GRUPO de ABOGADOS24HORAS tendrán a su cargo, contestar vía telefónica o vía WHATSAPP las inquietudes de nuestros visitantes, planteando de manera sencilla los pasos que se deben seguir para el mejor paso a paso de un procedimiento judicial.

Al igual que DICTAMENES PERICIALES, con su línea abierta, busca resolver en primera instancia las inquietudes que desde el punto de vista Procesal y Procedimental, mejor conjuren las situaciones jurídicas que a diario están expuestos nuestros visitantes.


Como cabeza visible del Grupo de ABOGADOS24HORAS, estará la Dra. ERIKA REY, que con sus conocimientos, especializaciones y experiencia en el ámbito Jurídico, Litigioso, y al interior de la Rama Judicial, estará en línea para orientar en el mejor derrotero que deben seguir nuestros visitantes.

Bienvenidos señores ABOGADOS24HORAS